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Un caso similar puede merecer sentencia distinta. Esta página recoge sentencias de nuestros tribunales que, por su contenido, afectan a los consumidores y usuarios de todo tipo de productos y servicios. No olvide que ante hechos similares, las cuestiones de prueba, las circunstacias concretas de las partes implicadas e incluso el tribunal que sea competente en la causa puede determinar fallos distintos.
Mientras disfrutaba del recreo en el patio de su colegio y sin que se percatasen los profesores, un niño de siete años recibió un balonazo en la cabeza. Una vez en clase, la profesora apreció que el niño se encontraba indispuesto, por lo que le lavó la cara y lo dejó en secretaría en espera de la llegada de su madre. La indisposición evolucionó desfavorablemente y el niño fue ingresado en un centro hospitalario, pero le quedaron secuelas que significaron la incapacidad absoluta de por vida para regir su persona y la total dependencia de sus padres para realizar sus necesidades fisiológicas.
Según el Supremo, en sentencia del 10 de abril de 2000, la conducta de los profesores merece reproche al estar probado que ni siquiera se enteraron del suceso, que jugaban conjuntamente niños con adolescentes y que la atención facilitada por la profesora al lesionado fue superficial e incorrecta, por no prestarle ningún tipo de asistencia sanitaria. Por todo ello, considera la responsabilidad del Ministerio de Educación y Ciencia y se le condena a indemnizar a los padres del menor con la cantidad de 34 millones de pesetas.
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