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El aceite del bar-restaurante estaba sin etiquetar y no era de oliva

En un bar del municipio de Llubí (Baleares) se inmovilizaron siete litros de aceite sin etiquetar y sin identificar. Los propietarios del bar alegaban que era aceite de oliva, pero no presentaron la documentación del proveedor ni facturas de compra. Sin embargo, en el análisis del Laboratorio Municipal del Ayuntamiento de Palma de Mallorca se constató que era una mezcla de aceite de girasol, oliva y colza. Por tales hechos, la Conselleria de Sanidad impuso al bar una sanción por una infracción grave, que fue recurrida.

El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en sentencia del 13 de febrero de 1998, confirma la sanción de 600.000 pesetas por la falta de controles y precauciones, a pesar de que el bar indicaba que la responsabilidad era del suministrador de las garrafas de aceite. La sentencia recoge las alegaciones de la Conselleria de Sanidad, en el sentido de que la infracción era reiterada, como resultado de una actuación organizada entre el bar y el suministrador del aceite desde hacía años.

También se señala que la actividad de bar-comedor obliga a disponer de la documentación oficial que garantice el origen de los productos que se utilizan.



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