Saltar el menú de navegación e ir al contenido

CONSUMER EROSKI

Canales de CONSUMER EROSKI

Boletines

| Baja | Más opciones |

Buscador


salud

Publicado en la edición impresa, diciembre de 1999

Cambiar de idioma

Estás en la siguiente localización: Portada > Salud > Atención sanitaria 


Si deseas que resolvamos tu caso en la revista CONSUMER EROSKI ponte en contacto con nosotros. Sólo serán respondidas y publicadas las consultas que desde la revista CONSUMER EROSKI consideremos más interesantes.

Qué incluye el IVA en las facturas de la electricidad

Iberdrola cobra a sus consumidores el IVA del Impuesto sobre la Electricidad. He presentado una queja ante esta compañía, pero, en su contestación, se limita a decir que actúa conforme a la interpretación de la Dirección General de Tributos. ¿Es esto posible?

El artículo 7 de la Ley 66/1997 del 30 de diciembre de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social introdujo un nuevo impuesto especial: el impuesto sobre la electricidad, que recae sobre la producción de energía eléctrica y cuyo devengo se produce en el mismo momento en que resulta exigible el precio de la energía suministrada. Consideramos que para la cuantificación del IVA hay que dirigirse al artículo 78 de la Ley del IVA. Según este artículo, la base imponible de este impuesto está constituida por el importe total de la contraprestación, que incluye los tributos y gravámenes estatales, autonómicos o locales, con excepción del propio IVA y del Impuesto Especial Sobre Determinados Medios de Transporte. Si el impuesto sobre la electricidad es un tributo y como tal recae sobre la operación gravada, la Ley lo incluye como contraprestación y, por lo tanto, sujeto a IVA. Por lo tanto, Iberdrola aplica correctamente el IVA.

También podría ser de interés, en este caso, la sentencia del Tribunal Económico-Administrativo Central, de 20 de junio de 1996, en la que se cuestionaba si una contribución especial, cuyo fin era la financiación de obras de infraestructuras, se incluía o no dentro de la base imponible del IVA en la factura por suministro de agua de un ayuntamiento. Según el Tribunal, las contribuciones especiales son tributos, y conforme a la Ley del IVA, en definitiva, forman parte de la base imponible de este impuesto.



Opciones de navegación a otros contenidos


Relaciones de este contenido

Imprimir / Enviar a un amigo

Y además...


Recursos de esta página

Menús de navegación

Secciones de este web

Ver otras ediciones de Revista CONSUMER EROSKI
Tipos de contenido dentro de Salud

Otros servicios


Validaciones de esta página